En las últimas horas vimos como desde los medios de comunicación y programas de espectáculos, abordaron ligeramente lo sucedido anoche en el Centro de Arte Radio City + Roxy + Melany de Mar del Plata donde personal de los ministerios de Trabajo y Seguridad bonaerense, en forma conjunta con representantes del Registro Público Provincial de Personal de Control de Admisión y Permanencia (RECAP), efectuaron inspecciones a fin de constatar el cumplimiento de la Ley Nacional de Espectáculos Públicos N° 26.370 en el lugar.

Resulta alarmante el bajo rigor informativo de los comunicadores que difundieron la noticia, convocados por los propietarios del Centro de Arte, como así también la irresponsabilidad de los empresarios al utilizar tan livianamente los términos "apriete" y "dictactura" -entre otros- cuando la realidad indica que el único motivo de la inspección era el resguardo de los derechos laborales de los trabajadores y, más aún, garantizar la seguridad de los cientos concurrentes a los teatros.

Ante tal situación, el Sindicato Único de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUTCAPRA) se ve en la obligación de aclarar y profundizar sobre algunos puntos en cuestión:

1- Las inspecciones fueron realizadas por autoridades competentes en el marco de la aplicación de la Ley Nacional 26.370, adherida por la provincia de Buenos Aires en el año 2009 bajo ley 13.964. No se trató de un capricho. Los controles se realizaron en el marco de la legislación actual, a la cual debe adaptarse los organizadores de eventos que utilicen personal de control de admisión y permanencia de público en general (CAP).

2- Desde SUTCAPRA habíamos detectado previamente que las empresas y los trabajadores que prestaban servicio en el lugar no estaban debidamente registrados en el ministerio de Seguridad como lo establece la ley. En consecuencia, se procedió a la inspección.

3- A partir de la sanción de la Ley de Espectáculos Públicos, toda persona que preste servicios de CAP debe estar inscripta en el Registro Público Provincial de Personal de Control de Admisión y Permanencia de la jurisdicción correspondiente. Y además, deberá contar con una CAPACITACIÓN OBLIGATORIA, la cual ofrecemos todos los años a través del sindicato, en forma gratuita, por medio del Centro de Formación Profesional N° 420.

Todo estos datos, que obviaron mencionar los empresarios teatrales, deben quedar claros a la hora de informar. Entendemos el grado de exposición y la necesidad de los productores de vender y promocionar sus obras, pero cuando hablemos de seguridad y de garantizar una diversión segura, procuremos hacerlo con sensatez, con datos precisos y sin mentir a la sociedad.

Si hablamos de seguridad, apartemos la frivolidad.